OBLIGACIÓN MEDIOAMBIENTAL – PRESENTACIÓN DE INFORME SITUACIÓN DE SUELOS
Las empresas que realizan actividades catalogadas como potencialmente contaminantes del suelo deben presentar en función de la Comunidad Autónoma donde residan,un Informe de Situación de Suelos.
El Real Decreto 9/2005, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, supuso el desenvolvimiento normativo de la Ley 10/1998 en materia de suelos. Como primera actividad, este Real Decreto obligaba a las empresas afectadas a la preparación de un Informe Preliminar de Análisis de Suelos cuya fecha límite establecida para la entrega de este informe fue el 7 de febrero de 2007 y obligaba a renovar este informe a los 4 años, tras la aprobación del informe inicial.
Como continuación de estos criterios, entró en vigor del Decreto 60/2009, del 26 de febrero, sobre suelos potencialmente contaminados y procedimiento para la declaración de suelos contaminados, donde se regulan las obligaciones de información de los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo y de sus propietarios.
Además, detalla que “los titulares de las actividades potencialmente contaminantes de suelos están obligadas a remitir cada 5 años un informe de situación”, ampliando por tanto un año más la obligación de renovación.
Qué entendemos por Actividades potencialmente contaminantes del suelo:
Las actividades de tipo industrial o comercial en las que, ya sea polo manejo de sustancias peligrosas ya sea por la generación de residuos, puedan contaminar el suelo.
Las empresas que está obligadas a la presentación del Informe de Situación de Suelos son aquellas que realicen las siguientes actividades: