Compliance para Cooperativas Agrarias
¿Por qué un Plan de Prevención de Delitos en una Cooperativa Agraria?
La nueva legislación, el criterio de la Fiscalía General del Estado y las recientes sentencias del Tribunal Supremo que ya empiezan a condenar empresas por los delitos cometidos en su seno, hacen necesarios Planes de Prevención Penal y Compliance en organizaciones multidimensionales como las Cooperativas.
Existe el riesgo de la derivación de responsabilidad penal a la Cooperativa por delitos cometidos por alguno de sus componentes y en su beneficio .
El artículo 31 Bis del nuevo código Penal deja claro la posibilidad de la transferencia de la responsabilidad penal a la cooperativa por los delitos cometidos por sus directivos, empleados y socios.
¿Qué delitos se pueden cometer en una Cooperativa Agraria?
Los delitos que se pueden cometer por parte de los empleados, directivos o administradores y que tienen responsabilidad penal en la Cooperativa son muy variados.
Especialmente:
Delitos medioambientales (insectizidas, vertidos contaminantes), Delitos contra la salud pública, trata de seres humanos/derechos ciudadanos extranjeros (contratación ilegal de mano de obra/menores), Fraude fiscal (cobros en efectivo), Riesgos explosivos (combustibles), Delitos referentes al tratamiento de datos de carácter personal, Delitos informáticos, Cohecho o tráfico de influencias, Delitos sobre el urbanismo, Financiación ilegal de los partidos políticos, entre otros.
¿A qué penas se enfrenta la Cooperativa?
Entre las penas más comunes a las que se enfrenta la cooperativa son:
• multas, que pueden llegar hasta los 9 millones de euros; • inhabilitación para recibir subvenciones o contratar con el sector público; • prohibición temporal para realizar sus actividades y • otras penas que pueden llegar hasta el cierre de actividades , es decir, la muerte legal de su organización.
¿Se pueden atenuar las sanciones o multas?
Las sanciones y multas se pueden rebajar sensiblemente mediante cuatro atenuantes previstas en el Código Penal:
Denunciar la infracción a las autoridades antes de que éstas la descubran por la propia persona jurídica. Colaborarción de la persona jurídica en la investigación aportando pruebas que sirvan para esclarecer los hechos Reparar o disminuir el daño causado por el delito. Establecer previamente a ser imputado medidas eficaces para prevenir que se puedan cometer delitos en el seno de la persona jurídica (diseñando e implantando programas de prevención o planes de Compliance)
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DAASEL Compliance proporciona un Plan de Delitos y Compliance de Excelente Calidad
Un Plan de Prevención de Delitos y Compliance implantado en la cooperativa y requerida su implantación a sus socios, proporcionará la tranquilidad necesaria en este asunto evitando fuertes multas y hasta el posible cierre de la sociedad, con posible responsabilidad personal de su junta directiva. También es imortante tener en cuenta la imposibilidad de acceder a subvenciones públicas si la organización acaba siendo condenada
Las cooperativas deben ver el Compliance como una excelente oportunidad para implantar o mejorar prácticas de buen gobierno corporativo, un código ético de conducta, que le permitirá aplicar procedimientos y medidas preventivas que servirá, además de para impedir la comisión de delitos o evitar las penas si los mismos llegasen a consumarse, para garantizar tanto el óptimo funcionamiento de la organización como su imagen pública y su continuidad.
.El Compliance y los Planes de Prevención de Delitos pueden ser un gran negocio añadido para la cooperativa y los socios de la misma.
Compliance para Cooperativas Agrarias
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