Compliance para administradores de fincas urbanasCompliance en la administración de Fincas Urbanas

¿Por qué un Plan de Prevención de Delitos y Compliance en una Administración de Fincas Urbanas?

REDNAF La nueva legislación, el criterio de la Fiscalía General del Estado y las sentencias del Tribunal Supremo que ya empiezan a condenar empresas por los delitos cometidos en su seno, hacen necesaria la implantación de sistemas gestión de Compliance en las organizaciones.

Existe el riesgo de la derivación de responsabilidad penal a la Persona Jurídica de los Administradores de Fincas por deli­tos cometidos por alguno de sus componentes y en su beneficio .

El artículo 31 Bis del nuevo Código Penal deja claro la posibilidad de la transferencia de la responsabilidad penal a los Administradores de Fincas por los delitos cometidos por sus directivos, empleados y socios.

¿Qué delitos pueden cometer las personas jurídicas?

  • Tráfico y trasplante ilegal de órganos humanos (art. 156 bis CP)
  • Trata de seres humanos (art. 177 bis CP)
  • Delitos relativos a la prostitución y la corrupción de menores (arts. 187 a 189 CP)
  • Descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP)
  • Estafa (arts. 248 a 251 CP)
  • Insolvencias punibles (arts. 257 a 261 CP)
  • Daños informáticos (art. 264 CP)
  • Delitos contra la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores (arts. 270 a 288 CP)
  • Blanqueo de capitales (art. 302 CP)
  • Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social (arts. 305 a 310 CP)
  • Tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas (art. 318 bis CP)
  • Delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo (art. 319 CP)
  • Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (art. 325, 327 CP)
  • Establecimiento de depósitos o vertederos tóxicos (art. 328 CP)
  • Delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes (art. 343 CP)
  • Delitos de riesgo provocados por explosivos (art. 348 CP)
  • Delitos contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas (arts. 368 y 369 bis CP)
  • Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje (art. 399 bis CP)
  • Cohecho (arts. 419 a 427 CP)
  • Tráfico de influencias (arts. 428 a 430 CP)
  • Corrupción en las transacciones comerciales internacionales (art. 445 CP)
  • Captación de fondos para el terrorismo (art. 576 bis CP).

DAASEL Compliance incluye en su modelo de Compliance el delito contra el derecho de los trabajadores que, aunque no está tasado en el artículo 31 bis CP, si puede acarrear la responsabilidad penal de los administradores y un alto costo reputacional para la organización (art. 311 a 318 del CP) y la responsabilidad a la que puede que tengan que hacer frente los administradores, de forma personal, ilimitada y con su patrimonio, por la Ley de Sociedades de Capital en sus artículos 225, 236, 249 y 529

¿Qué delitos se pueden cometer en una Administración de Fincas Urbanas?

Los delitos (tasados en el Art. 31Bis del CP) que se pueden cometer por parte de los empleados, directivos o administradores y que tienen responsabilidad penal en la Persona Jurídica de Administradores de Fincas Urbanas son muy variados, especialmente:

Defraudación:

• La apropiación de fondos de la comunidad es uno de los delitos más habituales por aquellos administradores que actúan de forma fraudulenta. Además la modalidad más habitual es la apropiación indebida de forma continuada. Por ejemplo: Coger fondos de la comunidad de vecinos durante 4 años para gastárselos el administrador en juegos de azar.
• La estafa, si bien no es habitual que se aplique al administrador de fincas, la Jurisprudencia viene optandose decanta por aplicar la apropiación indebida.
• La falsedad documental en documento mercantil o privado. Un ejemplo sería cuando se realiza una factura sobre una obra que no ha hecho en realidad. Es una falsedad documental castigada por el Código Penal en su artículo 390.

Pero También:

Delitos contra la salud pública, trata de seres humanos/derechos ciudadanos extranjeros (contratación ilegal de mano de obra/menores), Fraude fiscal (cobros en efectivo), Riesgos explosivos (combustibles), Delitos referentes al tratamiento de datos de carácter personal, Delitos informáticos, Cohecho o tráfico de influencias, Delitos sobre el urbanismo, Financiación ilegal de los partidos políticos, Delitos medioambientales (insectizidas, vertidos contaminantes), entre otros.

Asesores en Compliance


El Canal Ético de Denuncias, una de las herramientas más útiles para luchar con eficacia contra la corrupción y las actividades ilícitas en la Administración de Fincas Urbanas



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¿A qué penas se enfrenta la Administración de Fincas Urbanas?

Entre las penas más comunes a las que se enfrenta la Administración de Fincas Urbanas son:

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• multas, que pueden llegar hasta los 9 millones de euros; • inhabilitación para recibir subvenciones o contratar con el sector público; • prohibición temporal para realizar sus actividades y • otras penas que pueden llegar hasta el cierre de actividades , es decir, la muerte legal de su organización.

¿Se pueden atenuar las sanciones o multas?

Las sanciones y multas se pueden rebajar sensiblemente mediante cuatro atenuantes previstas en el Código Penal:

 Denunciar la infracción a las autoridades antes de que éstas la descubran por la propia persona jurídica.  Colaborarción de la persona jurídica en la investigación aportando pruebas que sirvan para esclarecer los hechos  Reparar o disminuir el daño causado por el delito.  Establecer previamente a ser imputado medidas eficaces para prevenir que se puedan cometer delitos en el seno de la persona jurídica (diseñando e implantando programas de prevención o planes de Compliance)

La mejor calidad al mejor precio

DAASEL Compliance utiliza las más actuales metodologías, los más avanzados programas de gestión de riesgos, distintas plataformas de formación y distintos niveles de canal de denuncias para poder proporcionar un Compliance óptimo adaptado a cada tipo de organización y ofrecer la mejor calidad a un precio asequible.

DAASEL Compliance proporciona un Plan de Prevención de Delitos y Compliance de Excelente Calidad

Un Plan de Prevención de Delitos y Compliance implantado en los Administradores de Fincas, proporcionará la tranquilidad necesaria en este asunto evitando fuertes multas y hasta el posible cierre de la sociedad, con posible responsabilidad personal de sus administradores. También es importante tener en cuenta la imposibilidad de acceder a contratar con la administración si la organización acaba siendo condenada

Los administradores de fincas deben ver el Compliance como una excelente oportunidad para implantar o mejorar prácticas de buen gobierno corporativo, un código ético de conducta, que le permitirá aplicar procedimientos y medidas preventivas que servirá, además de para impedir la comisión de delitos o evitar las penas si los mismos llegasen a consumarse, para garantizar tanto el óptimo funcionamiento de la organización como su imagen pública y su continuidad.

acreditacion de complianceUna sociedad administradora de fincas que haya implantado un Modelo de Gestión de Compliance en la Organización ofrecerá las máximas garantias, a las comunidades de propietarios, de su compromiso con el buen gobierno y la excenlencia empresarial

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2018-08-18T13:52:37+02:00