del órgano de administración; directivos, empleados, trabajadores temporales o bajo convenio de colaboración y voluntarios de una persona jurídica y el resto de personas bajo subordinación jerárquica de cualquiera de los anteriores; los riesgos a los que están expuestos, y otras circunstancias coyunturales como el periodo navideño y los regalos corporativos (Vid. Cómo aceptar regalos corporativos sin incumplir las normas).
Se recomienda ofrecer formación en base a casos prácticos para resaltar la relevancia real del tema y para aumentar la comprensibilidad del mismo. Los contenidos formativos deben ser prácticos y simples, acompañados de la mejor predisposición de los participantes, que prestarán la máxima atención al comprender la relevancia del contenido.
El feedback de los asistentes a la formación (como por ejemplo anécdotas de su vida laboral) deben ser retomados y usados para la labor de Compliance preventivo.
servirá para medir la eficacia de la misma. En este sentido resulta vital recabar la confirmación de participación y comprensión del contenido transmitido a los participantes.
La formación en temas de Compliance generales, como por ejemplo el código de conducta de la empresa, se debería ofrecer a todos los miembros de una organización. A parte de ello, se debe dar formación adaptada al rol del empleado y su exposición al riesgo. Por ejemplo, para los empleados de ventas la formación adecuada sería antitrust; para los de compras, anticorrupción; para recursos humanos, Compliance laboral, de seguridad social, etc.
La participación en la formación tiene que ser obligatoria y es, igualmente forzoso, repetirla para los empleados ausentes.
lo que incluye la información sobre los participantes, para, primero, garantizar la cobertura de todos los miembros de una organización, y, segundo, minorar las consecuencias en caso de incumplimientos e irregularidades.
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