Estas prácticas constituyen una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, constitutiva de cártel.
Estas prácticas constituyen una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, constitutiva de cártel.
El Consejo de la CNMC también insta a la Dirección de Competencia para que analice la responsabilidad de los directivos y representantes legales de las agencias inmobiliarias la de y de otros operadores no sancionados en este expediente e investigue la existencia de otras posibles infracciones de competencia relacionadas con la infracción declarada en esta resolución.
Utilizaron el sistema MLS, sistema de exclusivas compartidas, con el que pactaban comisiones mínimas de intermediación generalmente del 4% en la compraventa, limitando la posibilidad de competir de otras inmobiliarias y de fijar comisiones independientemente perjudicando directamente a los clientes que veían así encarecidas artificialmente las comisiones que tenían que pagar por la compra/venta de una vivienda o local comercial.
Conforme al artículo 66 de la LDC, se ha reducido en un 45% la multa correspondiente a Witei Solutions S.L., por su colaboración en el Programa de Clemencia de la CNMC.