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La mala praxis procesal de la acusación deviene en la absolución de la persona jurídica

Cada vez con más frecuencia, la fiscalía y las acusaciones particulares solicitan la investigación de las empresas si el delito perseguido puede estar entre los tipificados en el 31 bis.

Juan Antonio Frago, en su blog «En Ocasiones Veo Reos» nos trae a la luz una nueva sentencia en la que la empresa ha resultado absuelta por un error en la acusación particular (ver comentario en el blog de Frago)

del que resaltamos este párrafo

«la impericia de la acusación particular a la hora de solventar la ausencia de la PJ en el auto de procedimiento abreviado, le ha cerrado definitivamente la posibilidad, más que viable en este caso, de haber conseguido la condena de dicha PJ, aunque fuese en una segunda instancia.

Además, hay otra cuestión notoria: aparentemente, al menos por lo que se extrae del antecedente de hecho segundo, la acusación particular ni siquiera pidió que la PJ respondiese civilmente del delito conforme al art. 120 Cp.»

Cada vez es más patente la necesidad de que abogados penalistas se especialicen tanto en la defensa como en la acusación (el Tribunal Constitucional ha admitido que pueden constituirse en acusación popular (SSTC 77/99 y 129/01, entre otras) de la persona jurídica.

En DAASEL Compliance hemos creado DAASEL Corporate Defense, red de despachos especializados en ésta área de práctica, la defensa penal corporativa,  que colaboran  manteniendo cada uno su propia responsabilidad pero enriqueciéndose mutuamente, compartiendo experiencias y organizando encuentros, foros y seminarios contando con la infraestructura proporcionada por DAASEL Compliance.

Si eres abogado penalista y estás interesado en profundizar en el área de práctica de La Defensa Penal Corporativa, únete DAASEL Corporate Defense

 

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