Áreas como las de derechos humanos, servicios de salud, educación, etc., no están cubiertas por la directiva.
La presente Directiva no debe aplicarse a las denuncias de infracciones en materia de contratación pública que afecten a aspectos de la defensa o la seguridad cuando estos estén cubiertos por el artículo 346 del TFUE
Es imprescindible acudir previamente al canal interno proporcionado por la organización (personas jurídicas privadas y públicas) o al externo proporcionado por los organismos de control del Estado, para poder acogerse a la protección que proporciona. Artículo 15
La directiva impide de hecho, si el canal de denuncias interno de la empresa actúa diligentemente, acudir a la prensa o a las redes sociales si se quiere estar protegido.
Esto puede dificultar el conocimiento público de la denuncia y la posibilidad de que otras personas afectadas vean que su caso no fue un hecho aislado y se muevan a denunciar.
De esta manera dificulta la labor del periodismo de investigación al dejar sin protección a sus fuentes
entre los abogados y sus clientes «prerrogativa de secreto profesional en la relación cliente-abogado»
Ni a los que incumplan la obligación que tienen los prestadores de asistencia sanitaria, incluidos los terapeutas, de mantener la confidencialidad de las comunicaciones con sus pacientes y de las historias clínicas («secreto profesional médico») tal como se establezca en el Derecho Nacional y de la Unión.
Las compañías de más de 50 trabajadores o con una facturación anual de más de 10 millones de euros van a estar obligadas a tener un canal de denuncias internas y un protocolo que asegure la confidencialidad y la gestión diligente de la alerta
El texto, en su artículo 2 define y concreta, aunque de modo muy amplio, el tipo de denuncias que quedarán protegidas por esta legislación. Así mismo deja criterio de los Estados miembros ampliar esta protección en su Derecho Nacional a otros ámbitos o actos no previstos en el apartado 1. del Artículo 2
Sólo a los trabajadores o a personas directamente relacionadas con la organización. (trabajadores, trabajadores independientes, accionistas, voluntarios, aprendices y contratistas no remunerados, subcontratistas y proveedores, también trabajadores que van a una entrevista de trabajo y encuentran información en ese proceso.
Esto puede llevar a confusión a personas que presenten sus denuncias a través de los canales de denuncias que muchos ayuntamientos y administraciones autonómicas tienen abiertos para sus ciudadanos. ESTOS NO ESTARÁN PROTEGIDOS si no tienen una relación laboral con el Ayuntamiento o Administración.
O las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas en vigor en el Estado miembro en cuestión requieran proteger, por motivos de seguridad, contra todo acceso no autorizado.
Además, la presente Directiva no debe afectar a las obligaciones derivadas de la Decisión 2013/488/UE del Consejo (33) o de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión (34).
Una persona que divulga información públicamente está protegida solo en el caso de que no se tomaran medidas apropiadas después de que informara previamente a través del canal de denuncias interno o externo. Salvo si se puede esperar razonablemente un peligro inminente o manifiesto para el interés público a las circunstancias particulares del caso, o si puede haber un riesgo irreversible o daño.
En definitiva informar al público no está protegido salvo circunstancias muy especiales si previamente no se ha acudido al canal de denuncias interno o al externo.
Que ya haya sido publicada y esté completamente disponible para el público o proveniente de rumores y habladurías no confirmados.
Nos remite a la Directiva 89/391/CEE del Consejo que ya obliga a los Estados miembros a velar por que los trabajadores o los representantes de los trabajadores no sufran perjuicios a causa de sus peticiones o propuestas a los empresarios.