En un interesante artículo de Juan Bosco Gimeno se hace la reflexión sobre qué ha fallado en el ámbito del Compliance? Y enumera una lista de fallos que han tenido que ocurrir para que se hayan, presuntamente, producido estos hechos. Os copio un párrafo del artículo y la dirección para verlo completo
¿Qué es lo que ha fallado para que haya ocurrido esto? No hay que buscar algo, son muchas las cosas que han fallado, podría decirse que todo ha fallado. Por imperativo legal las empresas tienen el deber de disponer de un sistema para prevenir estos hechos, prevenir para evitarlos, vigilar para que el sistema se efectivo y atajar cualquier situación que implique un riesgo.
Ha fallado la ejecución con eficacia de un modelo de prevención, ha fallado el ejercicio suficiente de las funciones de supervisión, vigilancia y control, ha fallado la identificación y análisis de las situaciones de riesgo, han fallado los protocolos y procedimientos para adoptar decisiones, ha fallado la supervisión, ha fallado la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos, pero sobre todo ha faltado la existencia de un compromiso del órgano de gobierno.“ https://compliancelegal.wordpress.com/2018/07/05/codigo-conducta-papel-mojado/
He buscado el canal de denuncias de Aplicaciones Gespol pero no lo he encontrado. Pertenece a Valoriza Servicios Medioambientales donde tampoco he encontrado su canal ético de denuncias, y ésta a su vez, al Grupo SACYR.
En la web del Grupo SACYR sí podemos ver el canal de denuncias denominado por la compañía Canal Abierto basado en una dirección de correo electrónico y ua dirección postal. Se encuentra en la siguiente dirección
http://www.sacyr.com/es_es/valores-responsabilidad-corporativa/canal-abierto/default.aspx
Y aquí surgen las consideraciones sobre esta útil herramienta, sobre si está bien implementada.
En nuestra experiencia, muchas denuncias realmente son comunicaciones y avisos a la compañía de empleados responsables que ven actuaciones fraudulentas en miembros de la plantilla o directivos, que pueden poner en riesgo a la compañía en su buen funcionamiento, en su crédito reputacional e incluso en riesgo penal.
El denunciante siente la necesidad de comunicar estas actuaciones a la Organización pero también siente el temor de sufrir represalias o, incluso, de no tener suficientes pruebas o conocimiento de si realmente los hechos son delictivos y denunciables.
Por eso, éste útil instrumento de comunicación, en numerosas ocasiones no es utilizado si no reúne las suficientes garantías para el denunciante que se hace este tipo de preguntas:
“La Unidad de Cumplimiento Normativo es el órgano responsable del funcionamiento de la Línea de Consulta y Denuncia, así como del análisis de las denuncias y consultas formuladas a través de la misma, a cuyos efectos podrá solicitar la colaboración de otros órganos, departamentos, áreas, personas o sociedades del Grupo SACYR.”
El problema surge cuando la organización define la Unidad de Cumplimiento Normativo sin determinar quién la compone.
“la Unidad de Cumplimiento Normativo, que es un órgano colegiado, de naturaleza ejecutiva y carácter autónomo, compuesto por representantes de diversas áreas del Grupo y nombrados por la Comisión de Auditoría.”
El denunciante no sabe quiénes son estos representantes ni si alguno de ellos estará involucrado en los hechos que pretende denunciar y lo va a poner en un compromiso serio.
Un canal de denuncias externo y gestionado por abogados independientes de la Organización es el sistema más eficaz de proteger a la compañía porque:
Quizá con un canal de denuncias externo y gestionado por abogados independientes, la compañía habría sido advertida a tiempo de estas actuaciones presuntamente fraudulentas y le hubiera evitado tanto las actuaciones inspectoras de la CNMC como verse investigada por la Fiscalía Anticorrupción y dañada en su imagen corporativa.
En conclusión como dice Juan Bosco Gimeno en su artículo, ha fallado todo, también el Canal Ético de Denuncias.